¿Por
qué Debo Probar que estoy Autorizado a Trabajar en los Estados Unidos?
Toda empresa debe pedir a los nuevos empleados
que presenten prueba de que están legalmente autorizados a trabajar en
los Estados Unidos. Las leyes prohiben al empleador
estadounidense dar trabajo, a sabiendas, a personas que no tienen permiso para
trabajar en Estados Unidos.
¿Qué
tipo de Documentos Necesito?
Hay varios documentos,
o combinación de documentos que pueden establecer que usted es residente
legal o ciudadano de los Estados Unidos, o que está autorizado
a trabajar en este país. En el formulario 1-9, que deben
llenar usted y su empleador, encontrará una lista de documentos aceptables.
Entre los más comunes están:
- Tarjeta
de Residente Extranjero Permanente (I-151 o I-551), también llamada
"Green Card" (tarjeta verde). Antes era verde y ahora es rosada, pero la gente
aún la llama "tarjeta verde".
- Pasaporte
estadounidense
- Pasaporte
extranjero válido con el sello I-55 o autorización de trabajo
I-94
- Certificado
de naturalización (N-550 o N-570)
- Certificado
de ciudadanía estadounidense (N-560 o N-561)
- Permiso
de trabajo del INS (Immigration and Naturalization Service (I-688A o
I-688B)
- Tarjeta
de residente temporario del INS (I-688)
- Permiso
de entrada repetida del INS (I-327)
- Documento
válido de viaje de refugiado (I-571)
- Certificado
de Nacimiento de los Estados Unidos más prueba de identidad
(como la licencia de conducir o identificación militar)
- Tarjeta
de Seguridad Social (Social Security) más prueba de identidad
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¿Quiénes
están Autorizados a Trabajar?
Personas
como aquéllas nacidas en Estados Unidos, ciudadanos estadounidenses, residentes
legales de los Estados Unidos, y los que reciben estatus como asilados o refugiados,
tienen permiso de trabajo en virtud de su condición.
Ciertas
personas pueden recibir autorización para trabajar en un lugar
determinado y en determinadas condiciones. Y otras pueden solicitar permiso
para trabajar en los Estados Unidos al Immigration and Naturalization Service
(INS) (Servicio de Inmigración y Naturalización).
Estas
categorías incluyen personas a quienes se les ha otorgado estatus de "Unidad
familiar" porque su cónyuge, padre o madre son residentes legales, y a
personas de países designados con estatus de protección temporal
(temporary protected status) (TPS). Los que presenten una solicitud de
asilo después del 4 de enero de 1995 no serán elegibles para recibir
una autorización de trabajo por seis meses como mínimo. Como
regla general, la autorización de trabajo se emite por un tiempo determinado
y requiere renovación.
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¿Cómo
puedo Convertirme en Residente Legal de los Estados Unidos?
La mayoría de las personas se convierten en residentes legales
de los Estados Unidos porque tienen relación familiar inmediata con un
ciudadano o residente permanente de los Estados Unidos. Otros obtienen
residencia permanente legal a través de una oferta de empleo con
una empresa estadounidense, o a través del programa de lotería de
inmigración (immigrant lottery diversity program, DV-1). Los que
entran a EE.UU. como refugiados o a quienes se les otorga asilo, pueden
convertirse en residentes permanentes en un año. Los residentes permanentes
pueden más tarde naturalizarse y hacerse ciudadanos estadounidenses.
Por
lo general, para la inmigración basada en relación familiar o trabajo,
el familiar o empleador hace primero una petición al Servicio de Inmigración
(INS). Sólo después de la aprobación puede la persona
solicitara residencia permanente legal. Se emiten anualmente una cantidad limitada
de visas de inmigración. Hay una gran acumulación de solicitudes
en algunas categorías, especialmente la de trabajadores no especializados
y hermanos de ciudadanos estadounidenses. Se da preferencia a los padres, cónyuges
e hijos de ciudadanos estadounidenses, a profesionales, inversionistas, personas
con especialidades y a personas de éxito.
Según
el país natal y la situación personal del solicitante, la obtención
de la residencia legal puede tomar de tres meses a quince años o más.
No
siempre se otorga la residencia. En casos de negativa, el INS provee
su propio sistema administrativo para apelar la decisión. En último
caso, se puede apelar la decisión en las cortes federales.
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¿Dónde
puedo Obtener más Información?
Las
leyes de inmigración son complejas y cambian frecuentemente. Antes de solicitar
la visa permanente u otra categoría de inmigración, conviene consultar
con un abogado o alguna organización calificada de la comunidad familiarizada
con las leyes de inmigración. A continuación encontrará
información sobre estos servicios.
El
National Immigration Law Center (Centro Nacional de Leyes de Inmigración)
tiene un directorio de organizaciones muy útil. Usted puede escribirles
a 1102 S. Crenshaw Blvd., Suite 101, Los Angeles, CA 90019.
Se
puede conseguir ayuda a través de las oficinas del "legal aid",
Travelers Aid, Immigrants Aid, Catholic Charities, Lutheran Social Services y
otras organizaciones de caridad.
¿Adónde
puedo Dirigirme si Necesito un Abogado?
Muchas
asociaciones de abogados estatales, del condado o de la ciudad tienen servicios
de información sobre abogados. Estas asociaciones pueden proporcionarle
información sobre el sistema judicial y darle el nombre de un abogado privado
con experiencia en leyes de inmigración. Busque en el directorio
telefónico bajo el nombre de la asociación, o en la páginas
amarillas, bajo "lawyers
referral services". Dependiendo de sus ingresos, usted puede
ser elegible para servicios legales gratuitos o a costo reducido. Pregunte
a la asociación de abogados local o busque en las páginas amarillas
bajo "legal aid", "legal assistance", o "legal services".