La
BCC llamada Visa Láser es una tarjeta laminada
estilo tarjeta de crédito con múltiples medidas de
seguridad la cual puede ser otorgada hasta con una validez de diez
años. La visa láser es una combinación
de una visa B1/B2. Solo los Mexicanos que desean
visitar los Estados Unidos, ya sea la región fronteriza o
el interior del país, reciben una visa láser.
Condiciones para una Visa Láser:
Para recibir una visa de visitante temporal, la ley requiere que
la persona tenga residencia permanente fuera de los Estados Unidos
y que no intente abandonarla. Esto se comprueba demostrando
lazos fuertes en el país de residencia, tales como
tener negocios, empleo, familia, propiedades, etc. los cuales
pueden garantizar al oficial consular que Usted abandonará
los Estados Unidos voluntariamente una vez que termine su estancia
temporal.
Nota: La presentación de estos documentos
no garantiza que vaya a recibir una visa. Deberá
demostrar a satisfacción del Oficial Consular, de acuerdo
a la Ley Norteamericana de Inmigración, que es confiable
suponer que Usted tiene intenciones de regresar a su país
de residencia una vez concluido su viaje.
Cuotas para Visas Láser:
La cuota para el trámite de visa láser es de $100.00
dólares. Para niños mexicanos menores
de 15 años es de $13.00 dólares sólo
si al menos uno de los padres del menor tiene visa láser
o la está solicitando en ese momento.
Las visas que se hayan otorgado con una cuota reducida vencerán
en la fecha en la que el menor cumpla 15 años de edad o a
los diez años de haberse expedido, cualquiera de
las cosas que ocurra primero. Si pagan la cuota completa
de $100.00 dólares, el menor recibirá una visa con
una validez de diez años.
NOTA: Los menores de 15 años a quienes les
hayan robado o hayan perdido una visa laser, deberán realizar
el pago de la cuota completa de $100.00 dólares. El menor
recibirá una visa estampada en su pasaporte con una validez
de diez años.
Duración de Permanencia:
Los portadores de una visa láser que estén
autorizados para entrar a los Estados Unidos pueden permanecer hasta
30 días y viajar no más de 25 millas de la zona fronteriza.
Los que deseen viajar mas allá de las 25 millas o permanecer
mas tiempo de los 30 días, deberán solicitar un
permiso I-94 (registro de entrada y salida) en el Puerto
de entrada, el cual tiene un costo de $6.00 dólares por persona. Para
procesar un permiso I-94 el oficial de inmigración puede
solicitarle una versión actualizada de la documentación
que usted presentó al oficial consular en la entrevista para
obtener la visa láser.
Asegúrese de regresar la forma I-94 a las autoridades
pertinentes en el puerto de entrada cuando salga de los Estados
Unidos. El regresar esta forma comprueba que usted no violó
las leyes al permanecer en el país por mas tiempo del permitido,
demuestra que respetó las Leyes de Inmigración,
lo cual es importante si Usted desea regresar al país en
el futuro como inmigrante o no inmigrante.
Visa Láser Robada o Perdida:
Si Usted perdió su visa o ésta fue robada,
por favor envíe una copia por fax del reporte de extravío
para prevenir que otra persona pueda utilizarla ilegalmente.
Conserve la copia original de este reporte para presentarlo el día
que solicite una nueva visa o para futuras referencias.
NOTA: Las personas que hayan perdido o extraviado
su Visa Láser podrán solicitar su reemplazo, y de
calificar recibirán una visa pegada en el pasaporte mexicano
en vez de una visa láser. El pasaporte mexicano
deberá estar vigente.
El procedimiento para la reposición de visa por robo o extravío
es el mismo que para cualquier solicitud de visa.
Recomendaciones para Quienes Solicitan una Visa Láser:
El día de su entrevista, Usted deberá presentarse
en el Consulado 30 minutos antes de su cita. No es necesario
que se presente horas antes de su cita.
Es necesario que todos los solicitantes de visa se presenten
el día de su cita, incluyendo menores de edad.
En caso de hijos que dependan económicamente de sus padres,
es preferible que sean acompañados por ambos padres el día
de su entrevista.
El solicitante será entrevistado por un/una Oficial Consular.
La entrevista es breve, pero detallada. La información
que usted proporcione al Oficial deberá ser completa, exacta
y verídica.
Si la visa es aprobada, se le entregará un pase de color
con información detallada que incluye la fecha y hora en
la que deberá regresar a este Consulado para recoger su visa.
Este pase de color no es un documento valido para entrar
a los Estados Unidos.
NOTA: La visa NO será enviada a su domicilio
por ningún medio de mensajería.
Al acudir, deberá presentar el pasaporte mexicano
(el mismo que presentó el día de su trámite),
y el pase de color que se le entrego cuando fue aprobada su visa.
Únicamente el titular podrá recoger su Visa
Láser. En caso de familias, uno de los padres que tramitó
deberá acudir a recoger las visas del resto de la familia.
En estos casos se deberá presentar los pasaportes mexicanos
y pase de entrada de todos los miembros de la familia que tramitaron.
En caso de menores de edad que le realizaron su trámite
en forma individual, deberá acudir uno de los padres con
su visa y deberá presentar acta de nacimiento
original y pasaporte del menor.
En caso de que Usted tenga la tutela o adopción legal de
un menor, favor de presentar dicha documentación y
su visa al momento de recoger la visa del menor.
Es muy importante recoger su visa en la fecha y hora indicada en
su pase de color. Si por alguna razón no se presenta
en la fecha señalada en su pase, podrá recogerla el
último Jueves de cada mes durante los siguientes 2 meses
a la 1:00 p.m. Si usted no reclama su visa 90 días después
de la fecha de aprobación, ésta será
destruida, por lo que deberá tramitarla nuevamente.
Si tiene alguna pregunta, puede enviar un correo electrónico
a la Sección de Visas de No Inmigrante CDJNIVS@state.gov.
| AVISO
IMPORTANTE |
A
partir del 1 de Noviembre del 2006 Es obligatorio
para todos los solicitantes en todos los tipos de visa (incluyendo
visa laser) presentar
SOLICITUD DE VISA ELECTRONICA
EVAF
DS-156
Solicitud de visa de no-inmigrante
DS-157
Forma Suplemantaria (para hombres de 16
a 45 años de edad)
DS-158
Referencias e historial de trabajo (solo
para visas F-1 & J-1) |
Importante:
La información en esta página fue provista por el
Departamento de Estado, por el Servicio de Inmigración y
Naturalización (INS), por el Servicio Estadounidense de Ciudadanía
e Inmigración (USCIS) y/o por el Departamento de Homeland
Security de los Estados Unidos. Ninguna información provista
en esta página debe ser considerada como asesoramiento legal.
Por esta razón se le aconseja al lector que consulte con
un abogado antesde hacer cualquier diligencia para visitar o migrar
a los Estados Unidos de América.
Última
actualización: Octubre 2006.
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